¡La lucha contra la represión sindical continúa! ¡En defensa de todos los puestos de trabajo y por la readmisión de los trabajadores despedidos!

En una sentencia dictada el mismo día del juicio, un juez de refuerzo del Juzgado de lo social nº3 de Málaga, ha declarado indudables indicios de vulneración de derechos fundamentales de los trabajadores del Hotel Puente Romano Antonio, David y Cristina. Lo cual es una demostración más de la brutal campaña de represión sindical que se está realizando contra los trabajadores del Hotel por parte de la dirección de la Empresa. Sin embargo, de forma incomprensible declara NULO el despido de la trabajadora Cristina que es readmitida en el trabajo de forma inmediata, pero no así los despidos de los trabajadores Antonio y David, despidos que declara procedentes y sin derecho a indemnización alguna.


¡La lucha contra la represión sindical continúa! ¡En defensa de todos los puestos de trabajo y por la readmisión de los trabajadores despedidos!

En una sentencia dictada el mismo día del juicio, un juez de refuerzo del Juzgado de lo social nº3 de Málaga, ha declarado indudables indicios de vulneración de derechos fundamentales de los trabajadores del Hotel Puente Romano Antonio, David y Cristina. Lo cual es una demostración más de la brutal campaña de represión sindical que se está realizando contra los trabajadores del Hotel por parte de la dirección de la Empresa. Sin embargo, de forma incomprensible declara NULO el despido de la trabajadora Cristina que es readmitida en el trabajo de forma inmediata, pero no así los despidos de los trabajadores Antonio y David, despidos que declara procedentes y sin derecho a indemnización alguna.

UNA SENTENCIA CONFUSA E INJUSTA DECLARA PROCEDENTES DOS DESPIDOS EN EL HOTEL PUENTE ROMANO FUNDAMENTÁNDOSE EN HECHOS  CONTRADICTORIOS NO DEBATIDOS EN EL JUICIO POR LAS PARTES

En una incomprensible resolución se justifican los despidos procedentes con el siguiente argumento: "en juicio quedó demostrado que ambos trabajadores, tras el clima de desencuentro producido tras su revocación como miembros del Comité de Empresa, se personaron cerca de la medianoche en la cocina del hotel, gritando al sr. Urbano determinados reproches ... (consistentes en "como escuece la verdad", "nos habéis quitado los carteles"  y "defiende a los trabajadores y no a la empresa") que constituyeron un auténtico ataque a las funciones representativas del sr. Urbano, nuevo miembro del Comité de Empresa tras la revocación de los demandantes... ".

Resulta absolutamente increíble que se pueda justificar el despido de dos sindicalistas, trabajadores de profesionalidad probada en el Hotel, por estas supuestas manifestaciones públicas. Debemos recordar una vez más que la libertad de expresión no es un delito, sino un derecho reconocido por la constitución.  Lo compañeros Antonio y David no gritaron, sino que manifestaron sus opiniones al Sr Urbano por que con su actuación se había puesto inequívocamente del lado de la represión sindical, dando cobertura a los despidos injustos practicados por la empresa anteriormente contra otros trabajadores. Pero además, y esto es verdaderamente grave, en el momento de producirse este hecho, el 26 de noviembre de 2009 y que ha sido utilizado vergonzosamente por la empresa como excusa fraudulenta para los despidos, Antonio y David eran Presidente y Secretario del Comité de Empresa respectivamente. En esa fecha no se había planteado, ni siquiera anunciado, ninguna revocación del Comité. La falta de rigor de la sentencia también se pone de manifiesto cuando hace referencia a la calidad del Señor Urbano como nuevo miembro del comité de Empresa, cuando en realidad el Señor Urbano también fue revocado, junto con el resto del comité, en la maniobra inducida desde la empresa el 15 de diciembre.

Las contradicciones del Juez llegan a tal grado que en otras partes de la sentencia desmiente los fundamentos expuestos por el mismo y todo se torna más incomprensible cuando en la sentencia se reconocen indicios indudables de vulneración de derechos fundamentales de los trabajadores despedidos. De hecho, en la misma sentencia se declara nulo el despido contra la compañera Cristina, también miembro del Comité de Empresa revocado y militante de nuestra sección sindical.

¿Cómo es posible que un mismo caso de abuso empresarial contra los derechos de los trabajadores provoque dos resoluciones completamente contradictorias? En el despropósito de la sentencia se obvia lo declarado por el gerente del Hotel en el acto de juicio, que sin ningún problema llegó a afirmar que la Empresa había pagado a un notario para estar presente en uno de los intentos de revocación de los despedidos, demostrando la implicación empresarial y su interés en tener un comité que no se oponga a su política de despidos y recorte de derechos laborales.

Desde CGT no podemos dejar de denunciar que las consecuencias prácticas de éste error judicial es que tenemos a dos trabajadores a los que se les han vulnerado sus derechos fundamentales, se les ha revocado como representantes con intervención empresarial, se les ha despedido, se les ha manchado su honor y encima se les reprocha que se quejen. En recursos posteriores lucharemos por que se repararen parte de los daños ocasionados, pero desde CGT queremos denunciar que errores judiciales de éste tipo perjudican el ejercicio los derechos de los trabajadores reconocidos en las leyes vigentes y producen el desamparo de siempre la parte más débil, los trabajadores.

LA SENTENCIA DE PUENTE ROMANO ES UN CASO MÁS DE LA CRISIS QUE VIVE EL SISTEMA JUDICIAL DE NUESTRO PAÍS

En el caso de los hoteles de la costa del sol, los retrasos o errores judiciales que afectan a los trabajadores cada vez son más frecuentes y no podemos olvidar los más de 5 años que llevan esperando los trabajadores del Hotel Don Miguel a la ejecución de sentencia, el error judicial de la semana pasada en el Hotel Byblos sobre el ERE presentado, el laberinto judicial en el Hotel Los Monteros, el desalojo de los trabajadores del Hotel Las Dunas, etc que amplían la sensación de impunidad de empresarios que no respetan los derechos de los trabajadores. No obstante, toda ésta situación no hace sino confirmar que los trabajadores sólo podemos confiar en nuestras propias fuerzas, esto es la organización sindical y la movilización social para que nuestros empleos, salarios y derechos se respeten por parte de los empresarios, ésa es nuestra fuerza.

LOS COMPAÑEROS DESPEDIDOS EN EL HOTEL PUENTE ROMANO VAN A RECURRIR LA SENTENCIA, Y SEGUIRMEOS LUCHANDO FIRMEMENTE POR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

De forma inmediata, los servicios jurídicos de CGT van a recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y dado el tamaño del error judicial esperamos que el recurso sea favorable porque el despido de los compañeros Antonio y David es nulo de pleno derecho. Por otro lado, los compañeros Antonio y David han manifestado su firme voluntad de querer volver al trabajo y de seguir luchando por los derechos de los trabajadores, actitud que les honra y que refuerza los deseos de todos de que se haga justicia. Nos reafirmamos en que si alguien piensa que los compañeros se van a desmoralizar o dejar impresionar por ésta sentencia, están muy equivocados. La lucha de la clase trabajadora por sus derechos, sus empleos y su dignidad no la puede parar una sentencia injusta ni los abusos patronales. Por eso desde CGT llamamos a todos los trabajadores de Puente Romano y del sector de Hostelería a no dejarse intimidar y continuar con la solidaridad con los compañeros despedidos hasta conseguir su inmediata readmisión. Llamamos a todos los trabajadores de la Hostelería a participar activamente en la manifestación que va a tener lugar en Marbella el próximo 3 de Mayo a las 7 de la tarde en defensa de nuestros empleos, nuestros salarios y nuestros derechos, y por la readmisión de los compañeros despedidos.

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